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Registro en el SEACE de la pérdida de la Buena Pro

  • Foto del escritor: NAPANGA Abogados
    NAPANGA Abogados
  • 27 nov 2021
  • 1 min de lectura

Mediante el documento de la referencia, el señor Néstor Saldaña Campos, Director de la Oficina General de Administración del Ministerio de Cultura, solicita la absolución de varias consultas relacionadas con la pérdida de la buena pro y el registro de dicho acto en el SEACE, conforme a lo dispuesto por la normativa de Contrataciones del Estado. Antes de iniciar el desarrollo del presente análisis, es necesario precisar que las consultas que absuelve este Organismo Técnico Especializado son aquellas referidas al sentido y alcance de la normativa de contrataciones del Estado, planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre sí, sin hacer alusión a asuntos concretos o específicos, de conformidad con lo dispuesto por el literal n) del artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada a través de la Ley N° 30225 y modificada por el Decreto Legislativo N° 1444, así como por el numeral 3 del acápite II del Anexo N° 2 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y sus modificatorias. En ese sentido, las conclusiones de la presente opinión no se encuentran vinculadas necesariamente a situación particular alguna.



 
 
 

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