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Cesión de posición contractual.

  • Foto del escritor: NAPANGA Abogados
    NAPANGA Abogados
  • 26 nov 2021
  • 1 min de lectura

Mediante el documento de la referencia, el Sr. Juan Carlos Morón Urbina, representante del Estudio Echecopar S.R.L., formula una consulta referida a la regulación de la cesión de posición contractual en las contrataciones del Estado.


Antes de iniciar el desarrollo del presente análisis, es necesario precisar que las consultas que absuelve este Organismo Técnico Especializado son aquellas referidas al sentido y alcance de la normativa de contrataciones del Estado, planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre sí, sin hacer alusión a asuntos concretos o específicos, de conformidad con lo dispuesto por el literal n) del artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada a través de la Ley N° 30225 y modificada por el Decreto Legislativo N° 1444, así como por el acápite 9 del Anexo N° 2 de su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF.



 
 
 

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